ERROR EN EL NUEVO SISTEMA INTEGRADO DE PROTECCION DE DATOS PERSONALES – PERU

ESCRITO POR: DIEGO ALONSO GARCIA VALDIVIA

IMAGEN: CAPTURA DE PANTALLA DE LA WEB DEL MINISTERIO DE JUSTICIA

Desde el 13 de junio de 2025 la Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales ha puesto a disposición de los administrados el nuevo sistema de registro de bases de datos personales, lamentablemente hasta la fecha de publicar el presente informe no han publicado los formularios para inscripción, modificación, cancelación de datos personales. 

Desde el momento que fue aprobado el nuevo reglamento de la ley de protección de datos personales, se ha notado una dejadez por parte del Ministerio de Justicia en la implementación. 

El nuevo reglamento entró en vigencia el día 31 de marzo de 2025, desde esa fecha hasta el 13 de junio de 2025, los administrados no tuvieron ninguna forma de poder inscribir, modificar o cancelar las bases de datos inscritas; a partir del 13 de junio de 2025, el ministerio implemento el sistema de registro virtual, un sistema en el cual el administrado tiene que crear un usuario con clave para poder realizar los procedimientos administrativos necesarios para la inscripción, modificación o cancelación de las bases de datos personales. 

Esto ocasiona dos problemas administrativos, el primero todo procedimiento administrativo trilateral, procedimiento administrativo de fiscalización, de los administrados que hubieran iniciado operaciones entre la fecha de entrada en vigencia del nuevo reglamento y la fecha de lanzamiento del nuevo sistema de registro virtual, podrían ser declarados nulos; el segundo problema es que el inicio de operaciones del nuevo sistema solamente permite inscribir, modificar o cancelar registros de bases de datos realizados a partir del 13 de junio de 2025, los administrados que cuentan con bases de datos inscritas previo a dicha fecha  al crear el usuario en el nuevo sistema no pueden acceder a modificar o cancelar dichos registros, pero el Ministerio de Justicia no ha puesto a disposición de los administrados formularios que puedan ser ingresados de manera virtual o presencial para poder modificar o cancelar los registros previos al 13 de junio de 2025. 

Se requiere una acción más proactiva por parte del Ministerio de Justicia y la Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales antes que entre en vigencia la obligatoriedad de la inscripción de los oficiales de cumplimiento en los registros previos al 13 de junio de 2025, una solución podría ser los registros previos puedan ser ingresados en el nuevo sistema de manera manual por parte de los administrados, sin generar nuevos códigos de registros, para luego poder ser modificados o cancelados por los administrados, la otra solución podría ser que el Ministerio de Justicia, ponga a disposición formularios para ser descargados por los administrados para la modificación o cancelación de los registros, caso contrario se podrían generar nuevos problemas en la tramitación de los procedimientos administrativos y generar la indefección de terceros administrados. 

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